Por Daniel Gómez Trejo

*Las Modificaciones son Complementarias en Materia Fiscal y Tributaria *Fue Remitido al Senado para sus Efectos Constitucionales

Coneme / Con una votación de dos a uno (352 votos a favor y 128 en contra), el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó anoche el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026, que proyecta percibir 10 billones 193 mil 683.7 millones de pesos (mdp); es decir, 891 mil 667 mdp más que el estimado para 2025.

El documento avalado se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales. La legislación forma parte del Paquete Económico remitido por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo.

Reformas Complementarias en Materia Fiscal y Tributaria

Se aceptaron las reservas suscritas por los diputados coordinadores de los grupos parlamentarios de Morena, Ricardo Monreal Ávila; del PVEM, Carlos Alberto Puente Salas y del PT, Reginaldo Sandoval Flores, al artículo 25 y adición de transitorios, son complementarias en materia fiscal y tributaria, orientadas a otorgar certidumbre jurídica, fortalecer los mecanismos de cumplimiento y facilitar la correcta aplicación de la ley.

Al presentarla, Reginaldo Sandoval dijo que desde la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) se explica que una forma de indemnizar a los seguros es pagar directamente; por ejemplo, a los talleres de autos, proveedores de piezas automotrices, hospitales, médicos, proveedores de medicinas, laboratorios, facturarán directamente a la aseguradora con un IVA, y ese gravamen lo compensan las aseguradoras con el IVA que se cobra con la venta de una póliza de seguro.

En opinión del SAT –dijo– eso no es correcto, cuando una aseguradora paga un siniestro siempre se cobra un IVA; sin embargo, siempre las aseguradoras malinterpretan dicho cobro y enteran dicho pago de IVA al SAT, pues compensan con el IVA que cobran en la firma de contratos de seguros.

Hizo mención que desde 2024, el SAT planteó una nueva interpretación de la forma en la que la industria de aseguradoras acredita el cobro del IVA a sus usuarios, al menos a partir de 2019. Así, según el SAT, las empresas aseguradoras no habían enterado al fisco alrededor de 175 mil millones de pesos, y los ramos con mayor uso de terceros o reponer bienes, autos, daños o gastos médicos, concentran una parte relevante de las inmediaciones con flujo de IVA asociado.

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal Ávila, se dijo convencido de estas tres reservas, “que las conozco” y no es un apresuramiento; “tenemos varios días platicando con sectores económicos”. Precisó que realmente son dos reservas porque en la primera se establecen dos transitorios en un solo acto, y la segunda es al artículo 25 en donde se adiciona una fracción con varios párrafos.

Repuso que la primera es acerca de la deducibilidad de créditos impagables que se aplica a todos los contribuyentes, personas físicas o morales, para que si no pueden pagar un crédito se le deduce. La reforma, agregó, lo que expresa es que a esta regla general escapan los bancos y por eso no es correcto que ellos fijen a través de la Comisión Nacional Bancaria las reglas de la deducibilidad de créditos impagables.

Para puntualizar: “lo que se plantea con esta propuesta es someterlos a las mismas reglas que a cualquier contribuyente”.

La segunda reserva, añadió, tiene que ver con las aseguradoras y se plantea que éstas no se acrediten el IVA cuando hay daños o seguros pagados, ni en el caso de seguros de vida a través de hospitales o de talleres, porque actualmente la aseguradora hace suyo el pago de terceros en el caso de daños y los presenta como si fueran propios y los deduce; por ello, se propone que no acrediten el IVA proveniente de terceros.

La tercera reserva, indicó, es respecto al recurso de revocación, y es para mejorar el proceso de revocación en beneficio del contribuyente al que se le otorgan seis meses para que pueda acreditar que está en lo correcto en su revocación.

Para el ecologista Carlos Alberto Puente Salas las reservas tienen que ver con el recurso de revocación, a fin de darle un plazo de seis meses para que los contribuyentes puedan constituir la garantía de interés fiscal; en el caso de que el recurso se resuelva dentro de este periodo de seis meses, se le dará un plazo de 10 siguientes para que lo pueda cubrir.

La segunda reserva sobre las instituciones de crédito –agregó–es para que con reglas de carácter general se puedan otorgar facilidades administrativas que permitan el cumplimiento de las obligaciones a estas instituciones de crédito, y que puedan acreditar debidamente o con claridad la notoria posibilidad de práctica de cobro del artículo 25; es decir, establecer criterios más claros y transparentes para que verdaderamente se acredite esa imposibilidad de cobro por parte de las instituciones de crédito.

La tercera obedece a que las aseguradoras, en una acreditación de IVA, no pagaban lo que debían, por lo que “es algo justo y que deben de cumplir estas empresas en el servicio que prestan; en ellas hay montos importantes de recursos por recuperar, los cuales habrán de fortalecer el Presupuesto de Egresos para responder a los grandes retos que tiene el país”.

El petista Ricardo Mejía Berdeja consideró oportuna la reserva, porque no es posible que quien tenga una póliza, la aseguradora le cargue el IVA y ésta no entere a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ese impuesto “y le den la vuelta con otros gastos que no tienen que ver con lo que ya el asegurado pagó”.