Por Claudia Rojas

*La iniciativa plantea identificar y conservar información de vehículos, motocicletas, celulares, equipos de cómputo y otros bienes que cuenten con elementos únicos para su rastreo

Coneme / En México existen 8 mil 553 casas de empeño registradas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), establecimientos a los que recurren miles de personas cuando necesitan obtener recursos de manera inmediata y que, por la dimensión de esta actividad, requieren mecanismos adecuados de supervisión.

Ante ello, la diputada Elizabeth Mateos Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, propuso fortalecer la Ley Federal de Protección al Consumidor para mejorar la identificación, registro y conservación de información de los bienes que reciben estos establecimientos.

La legisladora señaló que durante 2026 la Profeco realizó 687 visitas de vigilancia y 99 visitas de verificación a casas de empeño, cinco de las cuales derivaron en suspensión, cifras que muestran que existe supervisión, pero también áreas en las que la legislación puede fortalecerse.

Explicó que actualmente las casas de empeño pueden recibir joyas, herramientas, aparatos electrónicos, maquinaria, vehículos, motocicletas y otros bienes con valor económico, algunos de los cuales cuentan con números de serie, registros, características particulares o documentación que permite identificarlos.

Mateos Hernández indicó que la legislación ya contempla determinados supuestos de reporte, como cuando una persona empeña tres o más artículos iguales o similares, o cuando existe un comportamiento atípico que permite suponer que los bienes pudieran estar relacionados con un hecho ilícito. Sin embargo, precisó que el análisis se concentra principalmente en la conducta de quien realiza el empeño.

“Nuestra propuesta busca incorporar otro elemento: las características del propio bien”, puntualizó.

La diputada promovente recordó que en la alcaldía Gustavo A. Madero fueron localizados cinco vehículos con reporte de robo al interior de un inmueble relacionado con una casa de empeño, derivado de acciones de investigación.

Asimismo, señaló que este tipo de situaciones se ha documentado en otras entidades. En diciembre de 2023, en Cuauhtémoc, Chihuahua, fueron recuperadas dos cuatrimotos y una máquina generadora de electricidad con reporte de robo, localizadas dentro de una casa de empeño.

Posteriormente, en marzo de 2025, la Fiscalía General del Estado de Chihuahua informó sobre el aseguramiento de siete vehículos con reporte de robo, encontrados en un corralón propiedad de una empresa de empeño.

Mateos Hernández aclaró que estos casos no significan que las casas de empeño estén vinculadas, por sí mismas, con actividades ilícitas, sino que muestran la importancia de contar con mecanismos que permitan identificar adecuadamente los bienes que reciben y facilitar su rastreo cuando exista una investigación.

Por ello, la iniciativa propone adicionar los párrafos segundo y tercero al artículo 65 Bis 5, así como las fracciones III y V y un último párrafo al artículo 65 Bis 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

En términos prácticos, se plantea que las casas de empeño identifiquen, registren y conserven información de aquellos bienes que cuenten con elementos únicos para ser identificados, como vehículos, motocicletas, teléfonos celulares, equipos de cómputo y otros aparatos electrónicos, mediante datos como el número de serie, número de identificación vehicular, IMEI o registro.

También deberán reportar inconsistencias en esa información y proporcionar a la autoridad una descripción detallada del bien cuando corresponda.

“Para una investigación, no es lo mismo saber que se empeñó un vehículo que contar con sus características específicas y los elementos que permiten identificarlo”, sostuvo.

La propuesta establece además límites para evitar cargas innecesarias a las personas usuarias, ya que no todos los bienes cuentan con factura o documentación que acredite su propiedad. Una joya, por ejemplo, puede haber sido recibida como regalo; un objeto puede provenir de una herencia o tratarse de un bien adquirido hace muchos años.

Por ello, no se propone exigir documentación de propiedad para todos los artículos, sino solicitar y conservar información cuando las características del propio bien permitan contar con elementos específicos de identificación.

Asimismo, cuando exista la presunción de la comisión de un delito y el Ministerio Público lo solicite, la prenda podrá permanecer en calidad de depósito dentro de la casa de empeño y no podrá disponerse de ella mientras la autoridad determina lo conducente. Los registros y documentos relacionados con ese bien deberán conservarse hasta que exista una determinación de la autoridad competente.

“No estamos creando una prohibición. Estamos estableciendo una responsabilidad de debida identificación y conservación de información”, subrayó la legisladora.

Finalmente, Mateos Hernández señaló que el propósito es que, cuando exista un elemento objetivo de alerta, quede registrado; cuando se detecte una inconsistencia, pueda ser reportada, y cuando una autoridad requiera la información para una investigación, ésta pueda ser localizada y conservada.

“En materia de prevención del delito, contar con información oportuna puede marcar la diferencia entre que un bien permanezca simplemente registrado en una operación comercial o que pueda ser identificado como parte de una investigación”, concluyó.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Desarrollo Económico; con opinión de la Comisión de Administración Pública Local.