Por Roxana Eve

Coneme / El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas (Comprobante Fiscal Digital por Internet, CFDI), por lo que condicionar la expedición de una factura a la entrega de dicho documento constituye una infracción fiscal sancionable.

La autoridad tributaria explicó que, conforme al artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se considera infracción el condicionar la emisión de un CFDI a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la CSF, conducta que puede ser sancionada con multas que van de 21 mil 420 hasta 122 mil 440 pesos.

El SAT precisó que, para la correcta emisión de una factura, el emisor únicamente requiere contar con la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal y régimen fiscal del receptor. Estos datos pueden obtenerse a través de la Cédula de datos fiscales disponible en el portal oficial del organismo tributario.

Asimismo, aclaró que las personas empleadoras no deben solicitar a sus trabajadores la Constancia de Situación Fiscal para el timbrado de nómina, ya que pueden obtener la información necesaria mediante un caso de aclaración, conforme a la ficha de trámite 44/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, prevista en el Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

La dependencia recordó que la CSF contiene información relevante únicamente para la o el contribuyente, como actividades económicas, obligaciones fiscales y domicilio fiscal, por lo que no es indispensable para la emisión de comprobantes fiscales.

Finalmente, el SAT señaló que la Constancia de Situación Fiscal no tiene vigencia y solo se actualiza cuando el contribuyente realiza modificaciones en su información registrada ante el RFC, como cambios de domicilio fiscal, actualización de régimen fiscal o actividades económicas, o modificación de la Clave Única de Registro de Población (CURP), entre otros, por lo que no es necesario tramitarla de manera periódica.