Por Teresa Mansillas / Colaboración Especial

Coneme / Culiacán, Sinaloa.-Diputadas y diputados de la 65 Legislatura del

Congreso del Estado aprobaron este martes en Sesión Ordinaria reformas al Código Penal

del Estado de Sinaloa que incrementan las penas de cárcel para el delito de homicidio, y se

incluye como causal para recibir esta pena el hecho de que la víctima sea menor de edad,

periodista o servidor de alguna institución de seguridad pública.

Con voto unánime de 38 diputadas y diputados presentes se aprobó reformar los artículos

134, 139, párrafo primero y las fracciones VII y VIII, y se adiciona al artículo 139 la fracción

IX, del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de protección del derecho a la

vida.

El artículo 134 se reforma para incrementar la pena general al delito de homicidio, que

actualmente es de 8 a 22 años de prisión, para quedar de 12 a 24 años de prisión, excepto

cuando este Código establezca una pena distinta.

En el artículo 139, que también hace referencia al homicidio por diferentes causales, de

igual manera se propone elevar las penas actuales, que son de 22 a 50 años de prisión,

para que quede de 25 a 50 años.

A este artículo se propone adicionarle tres causales a las seis ya existentes.

Se aplicarán las nuevas penas aprobadas cuando:

VIl. Se cometa dolosamente en contra de una persona por su actividad dentro del

periodismo;

VIII. Se cometa dolosamente en contra de una persona que revista la calidad de servidor

público de alguna institución o corporación policial; y

  1. Se cometa dolosamente en contra de una persona menor de dieciocho años de edad.

El dictamen aprobado fue elaborado por la Comisión de Justicia, la cual tomó en cuenta

dos iniciativas con propuestas similares, que fueron presentadas por el actual Grupo

Parlamentario del PAN y por el Grupo Parlamentario de Morena.

Se retomaron las dos iniciativas por ser coincidentes en fortalecer las disposiciones del

Código Penal para el Estado de Sinaloa.