Daniel Gómez Trejo
Coneme / La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió y turnó a comisiones tres minutas del Senado de la República sobre medidas de protección y derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, igualdad salarial y erradicación de la brecha salarial por razones de género.
Medidas de protección
A la Comisión de Justicia para dictamen, y a la Comisión de Seguridad Ciudadana para opinión, se canalizó minuta que reforma disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de medidas de protección y derechos de las mujeres, adolescentes, niñas y niños a una vida libre de violencia.
Entre otras cuestiones, crea un Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, como parte del Sistema Nacional de Información Pública. Señala que corresponde a las instituciones de seguridad pública de la Federación, entidades federativas y municipios coordinarse para participar en la ejecución y seguimiento de las medidas de protección.
Reformas sobre igualdad salarial
La segunda minuta reforma diversas disposiciones de las leyes General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Define a la brecha salarial de género como la diferencia salarial entre mujeres y hombres por razones de género, respecto a la realización de un trabajo remunerado de igual valor; a la igualdad salarial, como la remuneración igual por un trabajo de igual valor, sin distinguir el sexo, el género, la identidad de género, el origen étnico, la orientación sexual, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, entre otras. Crea el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños como instrumento de política pública tendente a erradicar las violencias en su contra.
Se turnó a la Comisión de Igualdad de Género para dictamen, y a la Comisión de Justicia para opinión.
Erradicación de la brecha salarial
Finalmente, la minuta que modifica las leyes federales del Trabajo y la de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B), del Artículo 123 Constitucional, en materia de erradicación de la brecha salarial por razones de género, fue enviada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Precisa que a trabajo igual, desempeñado en puesto, jomada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual. En cumplimiento de las obligaciones del Estado de reducir la brecha salarial de género se promoverán acciones para erradicar las prácticas retributivas desiguales de conformidad con lo dispuesto en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y, en caso de adopción, las personas trabajadoras tendrán derecho a los permisos maternos y paternos previstos en la normatividad aplicable.