Carlos Manuel Cruz
*La veda temporal para las tres especies del crustáceo aplicará del 2024 al 2027, en aguas federales del océano Pacífico, incluido el golfo de California. *Esta pesquería se realiza principalmente en Baja California y Baja California Sur, que aportan el 64 por ciento de la producción nacional y representa una de las actividades de mayor importancia socioeconómica.
Coneme / Con el objetivo de garantizar el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural actualizó los periodos y zonas de captura de langostas azul (panulirus inflatus), verde (p. gracilis) y roja (p. interruptus) en aguas federales del océano Pacífico y golfo de California para los años 2024, 2025, 2026 y 2027.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), hoy se publica la modificación del Acuerdo por el que se establecen las épocas y zonas de veda de estos crustáceos.
Con base en la opinión técnica del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (IMIPAS), en el documento se precisan las siguientes zonas y periodos de veda temporal para la captura de las tres especies de langosta azul, para los años 2024, 2025, 2026 y 2027:
A partir de las 00:00 horas del 16 de febrero hasta las 24:00 horas del 14 de septiembre en las aguas federales del Pacífico, comprendidas desde la línea internacional con Estados Unidos, hasta una línea imaginaria trazada entre el punto ubicado en la orilla norte del arroyo «El Tordillo».
Además, de las 00:00 horas del 1 de marzo hasta las 24:00 horas del 24 de septiembre, desde la línea imaginaria trazada entre el punto ubicado en la orilla norte del arroyo «El Tordillo», hasta una línea imaginaria trazada con dirección oeste hasta los límites de la Zona Económica Exclusiva desde el punto conocido como Boca de la Soledad.
De acuerdo con el análisis del IMIPAS, estas actualizaciones favorecerán el proceso reproductivo y poblaciones naturales de langosta, que sustentan la pesquería.
La pesquería de langosta se realiza principalmente en los estados de Baja California y Baja California Sur, los cuales aportan el 64 por ciento de la producción nacional y representa una de las actividades de mayor importancia socioeconómica para esta zona por la derrama económica y empleos que genera.
Con estas disposiciones, la dependencia federal reafirma su labor de regular, fomentar y administrar el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, estableciendo las condiciones en que deberá realizarse la actividad pesquera.