Francisco Iván Cruz

operaciones derivadas

Coneme  / Con el fin de promover el sano desarrollo del sistema financiero, el Banco de México considera necesario establecer la obligación para que las entidades que lleven a cabo operaciones derivadas recaben la autorización de sus contrapartes, por escrito y de manera acorde con las disposiciones de confidencialidad y secrecía que resulten aplicables, con objeto de que el propio Banco pueda entregar o intercambiar directamente la información sobre las operaciones derivadas con entidades de registro central de información del exterior, también conocidas como repositorios de operaciones o TR, por sus siglas en inglés, lo que contribuirá a fortalecer la cooperación internacional en materia de identificación de riesgos y agregación de exposiciones.¹

Con ello, este Banco Central busca continuar con la atención de las recomendaciones del Consejo de Estabilidad Financiera (FSB, por sus siglas en inglés), respecto de la eliminación de barreras que impidan o limiten el flujo transfronterizo de información sobre operaciones derivadas con repositorios de operaciones, lo que coadyuvará a establecer mejores condiciones para recibir la información de las operaciones derivadas realizadas por contrapartes nacionales registradas en dichos TR.

En ese contexto, este Instituto Central somete a consulta pública el proyecto de disposiciones para modificar las “Reglas para la realización de operaciones derivadas”, contenidas en la Circular 4/2012. El proyecto de reformas y su respectivo plan de consulta pública están a disposición de cualquier persona en el portal del Banco de México, a través de la liga siguiente: https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/

Este Banco Central recibirá comentarios a este proyecto de disposiciones del público en general, únicamente por medio de dicho portal, hasta las 18:00 horas del 04 de junio de 2024.