Por Leticia González

Coneme / La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó de plano y por unanimidad la demanda de recurso de reconsideración presentado por el Partido Acción Nacional (PAN), que pretendía controvertir la sentencia dictada por la Sala de Guadalajara, con la cual se confirmó el derecho de Jaime Bonilla Valdez a ocupar el escaño en el Senado de la Republica que ganó electoralmente en junio de 2018.

Durante la sesión efectuada este miércoles, la Sala Superior revisó y aprobó el proyecto elaborado por la magistrada Janine M. Otálora Malassis mediante el cual se determinó la improcedencia del recurso presentado por panistas quejosos en el expediente SUP-REC-444/2022.

Dicho recurso fue interpuesto de manera extemporánea, ya que conforme a lo dispuesto en el Artículo 66, párrafo 1, inciso a) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se establece que los demandantes tenían únicamente tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la sentencia emitida por la Sala Regional.

Vale mencionar que, de nueva cuenta, las magistradas y magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificaron el derecho de Jaime Bonilla Valdez a desempeñar el encargo parlamentario de Senador que le fue conferido por la mayoría de la ciudadanía bajacaliforniana en las urnas.

Dentro de sus considerandos, la Sala Superior del TEPJF declaró la “notoria improcedencia” del recurso de reconsideración al subrayar que: “Se debe desechar de plano la demanda del recurso de reconsideración, toda vez que se presentó fuera del plazo de tres días previsto para ello”.

De ese modo, el exgobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez, fue notificado de la determinación aprobada de forma unánime por los integrantes de la Sala Superior, al culminar con el resolutivo único: “Se desecha de plano la demanda”.