Por Laura Bruges
Coneme / Planteó reformas a los artículos 4º. Y 73, así como al 1o., 2o. y 4o. de la Constitución Política, con el fin de impulsar el respeto de los derechos humanos y atención de los adultos mayores y de los discapacitados.
Con el objetivo de promover el desarrollo integral de los adultos mayores, así como lograr una mejor calidad de vida para las personas con discapacidad, el diputado federal Augusto Gómez Villanueva presentó dos iniciativas de reforma a diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dirigidas a disminuir la brecha de desigualdad de estos grupos poblacionales.
El legislador integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GPPRI), junto con su compañera de bancada, la diputada Norma Angélica Aceves García, promovió la modificación de los artículos 4o. y 73 de la Carta Magna, para expedir una ley general en materia de derechos de las personas adultas mayores, que permita actualizar y fortalecer acciones a la altura de las necesidades del cambio de estructura demográfica de dicho sector.
En su argumentación, los representantes del partido tricolor destacan que, en México, con base en la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) 2018, hay 15.4 millones de personas de 60 años o más, cifra que representa 12.3 por ciento de la población total.
Además, señalan que según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), parece existir un distanciamiento casi absoluto de la política pública con el trabajo que debe realizarse con las familias y las comunidades en que viven las personas mayores; aunado a ello, un limitado número de instituciones cuentan con algunos programas o cursos para la preparación de las personas que han asumido el cuidado de sus familiares mayores de 60 años.
En este contexto, proponen adicionar un párrafo décimo quinto al artículo 4o. de la Constitución, para establecer que “el Estado promoverá el desarrollo integral de las personas adultas mayores, garantizando el acceso a sus derechos humanos”.
También plantean agregar una fracción al artículo 73 de la Constitución federal a partir de la cual se faculte al Congreso de la Unión para expedir una ley general que establezca la concurrencia de la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de las personas adultas mayores, con el fin de fomentar su desarrollo integral.
Asimismo, ambos legisladores priistas propusieron modificar la Carta Magna para lograr la inclusión total de las personas con discapacidad en cualquier ámbito de la vida social, que incluye tener acceso a todos los servicios públicos, así como a los proporcionados a este sector de la población, tales como vivienda, transporte, educación, empleo, actividades recreativas, entre otros.
Augusto Gómez Villanueva, junto con la diputada Aceves Mejía, expone en su iniciativa que, según el Censo de Población y Vivienda 2020, en México hay 6 millones 179 mil 890 personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa 4.9 por ciento de la población total del país.
Sin embargo, estas personas continúan enfrentándose a diversas desventajas que les impiden el disfrute y ejercicio de sus derechos más fundamentales, por lo que es impostergable que desde la norma fundamental se establezca su inclusión como un eje de la política nacional que obligue a que los tres poderes en sus tres niveles de gobierno a fortalecer o diseñar las medidas que aseguren puedan ejercer sus derechos y cumplir con sus obligaciones.
Lo anterior a pesar de que la actual administración federal creó, en 2019, la denominada Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente. Sin embargo, argumentan, éste debe extenderse también a quienes viven una discapacidad temporal, y no solamente a quienes la tienen en forma permanente, además de incluir explícitamente a la población indígena.
Por ello, los abanderados del partido tricolor en la Cámara de Diputados propusieron reformar y adicionar diversas disposiciones de los artículos 1o., 2o. y 4o. de la Constitución Política en materia de principios rectores de la política pública para la inclusión de las personas con discapacidad.