Por Alberto Woolrich Ortiz 

Es indigno que algunos Senadores de al República propongan en
absurdo transitorio pisotear nuestra Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. Viejas enseñanzas nos refieren que MANIFIESTA
ACCUSATIONE NON INDIGENTI, lo cual traducido a castizo lenguaje
significa que: “Las cosas que son claras no necesitan acusarse”.
He aquí el porqué de esa indignación; el haber sido propuesto,
consentido, tolerado, votado y aprobada la extensión por dos años
para que el Sr. Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, continúe detentando dicho cargo, no sólo contradice el
espíritu de nuestra Carta Fundamental, la cuál de manera muy clara
refiere en lo conducente del artículo 97, que: “Cada cuatro años, el
Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, el cuál no podrá ser reelecto para el
periodo inmediato posterior”.
De aprobar la Cámara de Diputados tal engendro, desacierto, yerro y
error jurídico-político nos encontraríamos ante un penoso rompimiento
del Estado de Derecho.
No parece, pues, preciso insistir aquí sobre lo que reiteradamente con
anterioridad se ha expuesto en diversas columnas publicadas por
“Argón México”, en las que se afirma que nuestra Suprema Ley merece
no sólo ser respetada, sino venerada y que ese respeto por principio
de cuentas debe de provenir de nuestras autoridades y representantes
del pueblo que son los portadores de nuestra voz en el Congreso de la
Unión.
Pues bien, hoy nuevamente la Academia de Derecho Penal del Colegio
de Abogados de México, A.C., afirma con convicción absoluta, que al
haberse aprobado el transitorio de marras se incurre en un absurdo
jurídico que da como resultado emitir con conocimiento de causa
disposiciones inconstitucionales.
El respeto a la Cámara de Senadores no invalida la crítica jurídica. Del
cotejo del transitorio aprobado, admitido y abonado se infiere la
infracción a la Carta Magna. Pues bien, pasando por cuanto a los
deshonrosos hechos votados, tenemos que afirmar que el sedicente
transitorio da la intención de deshonrar, desacreditar y menospreciar a
nuestro Pacto Federal y a la Separación de Poderes que se pregona en
el espíritu de nuestra Suprema Ley. La Abogacía Independiente de la
República no puede admitir ello, por el contrario, afirmamos que se
atenta en contra de nuestra ley y esa falta no es leve, dado que la
modificación del periodo incluida en un transitorio de reformas a la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que no estaba en la
iniciativa que envió Andrés Manuel López Obrador, ni por menos en el
dictamen que fuera publicado el día jueves en la Gaceta del Senado es
jurídicamente inaceptable.

Irrita constatar que algunos señores Senadores de México, con
evidente y notorio desconocimiento del espíritu de la Carta de Carranza
se atrevan a denotar una evidente discapacidad para legislar. La sola
propuesta y aprobación de tal desacierto político y jurídico conlleva a
pisotear nuestra Constitución e intentar alterar el alcance de reformas
constitucionales insertas en el artículo de mérito.

Para efectuar una correcta polémica jurídica tenemos que partir
diciendo que si esa irresponsable, sosa e insulsa iniciativa obtiene el
visto bueno de la Cámara de Diputados, que sea dicho con
conocimiento de causa ha aprobado múltiples inconstitucionalidades,
se puede y se tiene que recurrir a acciones de inconstitucionalidad que
tendría que ser resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación.
Si se diera ese escenario, lo digno sería que nuestro Ministro
Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación presentara su
renuncia, ello le daría mucha dignidad a su toga y evitaría que se
perpetrara una infamia política jurídica.

Lic. Alberto Woolrich Ortíz.
Presidente de la Academia de Derecho
Penal del Colegio de Abogados de México, A.C..