Por Elizabeth Vaca
Coneme / La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió dos medidas cautelares requeridas por personas que solicitaron la protección de sus datos, por hechos que podrían constituir Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), en el marco del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.
En el primer asunto, una candidata a Magistrada del Tribunal Colegiado de Apelación en el estado de Guerrero, denunció diversas publicaciones en la red social Facebook y una nota en la página de internet “El Tlacolol”, pues a su consideración, las mismas tenían la finalidad de menoscabar su derecho a ser votada sólo por el hecho de ser mujer.
La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que es improcedente el dictado de medidas cautelares, toda vez que, en cinco de las publicaciones denunciadas, el contenido no reproduce estereotipos de género en su contra, tres ya no se encuentran visibles y respecto de cuatro publicaciones en las que refieren la posible existencia de nepotismo y conflicto de intereses, tampoco existen descalificaciones en su contra por el hecho de ser mujer, sino que se trata de expresiones amparadas por la libertad de expresión en temas de interés público.
También se considerará improcedente el dictado de la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, al no advertir una evidente sistematicidad y reiteración en las conductas por parte de los denunciados.
En el segundo asunto, una persona, quien fue candidata a Jueza de Distrito con competencia mixta en el estado de Baja California Sur, denunció al usuario del perfil de Facebook identificado como Justicia en las Urnas BCS, derivado de la publicación de contenido con comentarios que refuerzan estereotipos de género, que afectan su libre ejercicio de un derecho político-electoral.
El colegiado procedente procedente de la adopción de cautelares, por lo que respeta a dos publicaciones, porque bajo la apariencia del buen derecho, las manifestaciones publicadas utilizan medidas estereotipos de género y tienen como objetivo atribuir un juicio de valor a la imagen de la denunciante, al etiquetarla como una persona que se encuentra subordinada a una figura masculina que ostenta una posición de poder y decisión, lo cual, preliminarmente, podría constituir VPMRG.
Por lo anterior, se ordenó a Meta Platforms, INC., retirar el material alojado en un plazo no mayor a 24 horas.