Por Orlando Orta
*Podrían Vulnerar la Equidad en la Contienda Electoral
Coneme / Bajo el argumento de difundir “propaganda pagada”, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), resolvió este jueves 1 de mayo una medida cautelar, solicitada por Germán Ruiz Partida, en contra de un medio digital y de Ariadna Camacho Contreras, candidata a Magistrada del Tribunal de Disciplina Judicial.
A decir del quejoso, a través de sus perfiles de Facebook, Instagram y X, dicho medio difundió propaganda pagada, a favor de la candidata, quien reprodujo la publicación de Facebook en su propio perfil de esa red social, lo cual podría configurar la transgresión a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda, así como la supuesta contratación de publicidad en redes sociales, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
Respecto a la publicación realizada en el perfil de Facebook de la denunciada, y de la publicación en la red social X del medio digital, el colegiado tomó medidas improcedentes como la adopción de cautelares, al no advertir algún indicio que revele la comisión de conductas antijurídicas, particularmente el pago de propaganda electoral a favor de la candidatura denunciada.
Se acordó que pudiera transgredir de modo irreparable los derechos y principios constitucionales que deben garantizarse y observarse dentro del proceso electoral extraordinario. 2024-2025, cuentos como la equidad en la contienda, la imparcialidad y neutralidad con la que debense conducir las personas candidatas.
En cuanto a las publicaciones difundidas en la página de Facebook y el perfil de Instagram del usuario informativo, la Comisión consideró procedente ordenar su eliminación, al estimarse -con base en un análisis preliminar y bajo la apariencia del buen derecho- que dichas publicaciones tuvieron como única finalidad difundir la imagen de la candidata, lo que podría afectar la equidad en la contienda.
La Comisión señaló que si bien las candidaturas podrán hacer uso de redes sociales o medios digitales para promocionarse, lo cierto es que en los Lineamientos establecidos en el acuerdo INE/CG24/2025, se estableció como prohibición a las personas candidatas la contratación por sí o por interpósita persona de espacios en cualquier medio para promocionar su candidatura, incluyendo de comunicación digital, razón por la cual, en sede cautelar se considera justificada la adopción de la medida cautelar.