Daniel Gómez Trejo
Coneme / Ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), abogados y catedráticos externaron comentarios sobre la legitimidad democrática de jueces, magistrados y ministros, elegibilidad e idoneidad con garantía de profesionalismo e independencia en la postulación.
También, sobre el proceso electoral: elección e impugnación de candidaturas, y mecanismos de ascenso y remoción de funcionarios, ello como parte del séptimo foro de los diálogos nacionales sobre las reformas constitucionales al Poder Judicial, que realiza la Cámara de Diputados.
La reforma politiza los nombramientos
El ministro de la SCJN, Juan Luis González Alcántara Carrancá, resaltó que la iniciativa que hoy se analiza no supone un cambio estructural e integral susceptible a resolver los problemas que aqueja a la impartición de justicia en el país. Preguntó: ¿La votación popular de esa lista políticamente selecta de personas permitirá que la ciudadanía acceda más fácil y con menos costo a una justicia mexicana sustantiva e imparcial? La respuesta, dijo, es negativa.
La reforma, expuso, apunta a un objetivo loable, dado que acceder a la justicia es hoy en día costoso, tardado y en algunos casos imposible. “No gastemos los recursos del Poder Judicial en una reforma que como está planteada politiza los nombramientos y convalida que se acceda a la impartición de justicia de las personas cercanas al poder y no forzosamente las personas trabajadoras, discretas y talentosas”.
Inquirió si tanto se ha repudiado el enorme costo de las elecciones para ahora multiplicarlo, si tanto se ha criticado el nombramiento politizado de las y los ministros para ahora generalizarlo, y si tanto se ha repudiado el amiguismo para ahora trasladar al Poder Judicial, por lo que llamó a invertir más en personas juzgadoras con más capacitación, más contrapesos, no politizar la vida judicial ni convertir las boletas electorales en una revalidación del influyentísimo.
Propuso que el voto popular permita evaluar el desempeño de personas juzgadoras. Usemos las urnas para decidir si los jueces y magistrados han realizado satisfactoriamente su trabajo y, por tanto, deban permanecer en el cargo o bien ser removidos. El voto popular, afirmó, no debe ser una herramienta para convertir a los amigos del poder en jueces o magistrados; al contrario, el voto popular sí puede servir para premiar e incluso para castigar a jueces formados en la carrera judicial y así responsabilizarlos frente a la sociedad.
Democracia, única forma de realizar soberanía
Lenia Batres Guadarrama, ministra de la SCJN, comentó que desde la Constitución de 1824 se asumió el voto popular como la mejor forma para designar a funcionarios públicos, y la de 1857 previó que los ministros de la Suprema Corte fueran elegidos indirectamente cada seis años, y eso se practicó al menos tres décadas.
Además, la Constitución de 1917 incluyó la votación popular de ministros de forma escalonada, entre 1919 y 1923. En 1928, la Constitución fue reformada para que se designara a los ministros en el Senado de la República a propuesta del Presidente de la República; después se decidió que jueces y magistrados del Poder Judicial fueran designados por los ministros de la Suprema Corte, en el llamado pacto de caballeros.
Relató que fue hasta la reforma de 1994 que los ministros se distribuyeron en cuotas la designación de las personas juzgadoras, y a partir de 1995 jueces y magistrados han sido designados mediante concursos cerrados en el que solo pueden participar personas que ya laboran en el Poder Judicial.
“Solo los tiranos deben temer a la democracia. En una República soberana, democrática y popular, como la nuestra, la democracia es la única forma en que el pueblo realiza plenamente su soberanía”, precisó.
Procedimiento transitorio único de revocación del cargo
A su vez, la ministra de la SCJN, Yasmín Esquivel Mossa, expresó que en las ponencias de estos foros ha habido un gran número de personas juzgadoras en funciones federales y locales con acreditada solvencia profesional, y su estabilidad en el cargo está protegida por el artículo 97 constitucional.
Tratándose de estos juzgadores, considero que si bien todos ellos deben someterse al escrutinio público a través del voto popular con rigor técnico, no podemos hablar propiamente de una elección, pues se encuentran desempeñando sus puestos, por lo que, siguiendo la lógica de la Constitución, se debe pensar en un procedimiento transitorio único de revocación del cargo.
Ello, abundó, conforme a un sistema análogo y, proporción guardada, como el previsto para el titular del Ejecutivo Federal, que también es un sistema de participación ciudadana respecto del cual ya se tuvo un ejercicio exitoso orquestado en todo el país por el Instituto Nacional Electoral en 2022.
Planteó un artículo transitorio para establecer que tanto magistradas, magistrados de circuito, así como juezas, jueces de distrito actualmente en funciones, participen en una jornada electoral de revocación del cargo dentro de la circunscripción electoral, a fin de que se les revoque su nombramiento, si así lo determina la mayoría de la ciudadanía, dentro de una participación de al menos el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores.
Bienvenida, la reforma que fortalezca la autonomía del Poder Judicial
El ministro de la SCJN, Jorge Mario Pardo Rebolledo, expuso que los problemas de administración de Justicia no son exclusivamente atribuibles a quienes juzgan, porque su labor está determinada por normas constitucionales, en las leyes y jurisprudencia que de ellas derivan; es decir, existe un entramado normativo que acorta su actuación judicial y no se trata de la aplicación en abstracto del concepto de justicia.
Agregó que es bienvenida una reforma basada en la evidencia científica, en fortalecer la autonomía e independencia del Poder Judicial, consolidar la excelencia en la impartición de justicia en los tribunales superiores de los estados, mejorar los procesos judiciales, fortalecer y ampliar el servicio de la defensoría pública, propiciar la capacitación y prestaciones dignas a quienes integran la carrera ministerial en las fiscalías, la profesionalización y dignificación del trabajo policial.
Pero, advirtió, una reforma que no vaya en ese sentido y que busque eliminar de golpe la estructura actual de un Poder Federal del Estado no es idónea, ya que el trabajo Judicial no es un trabajo más del servicio público, sino de un compromiso de vida que exige vocación, disciplina y asumir riesgo a su persona y sus familias.
Existen muchas razones para aprobar esta reforma
Jaime Cárdenas Gracia, doctor en Derecho e investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, mencionó que existe un agravio social respecto del Poder Judicial tanto federal como local, como el nepotismo y los concursos cerrados. Se ha dicho que se debe defender a débiles y sus derechos, pero en este país los débiles no son los dueños de empresas trasnacionales, grandes empresarios, políticos o altos funcionarios públicos, sino las grandes mayorías de la población a quienes debe atender el Poder Judicial de la Federación.
Consideró que hay muchas razones por las que esta reforma debe ser aprobada y algunos asuntos que deben ser atendidos son los relacionados con la elección de los jueces, magistrados y ministros, que sea con un sistema de mayoría, de representación proporcional o mixto. Si se acepta que haga propuestas de candidatos cuáles son las competencias que tendría el INE para organizar el proceso electoral en el Poder Judicial y cuáles serían las competencias del tribunal de disciplina judicial para evitar financiamientos ilegales en los procesos para la elección.
Se requieren jueces libres e independientes
Luis Enrique Pereda, miembro del consejo directivo de la Barra Mexicana de Abogados, dijo estar a favor de una reforma al Poder Judicial de la Federación, pero para que mejore y no que empeore, y planteó que haya precandidatos propuestos por otras organizaciones como universidades, colegios de abogados, cámaras empresariales, sindicatos, colectivos y organizaciones de la sociedad civil.
Hizo mención que con un tribunal disciplinario, como el que se propone, ¿quién puede pensar que va a haber jueces que se van a atrever a decir que el SAT se equivocó y quién le va a poder ganar un juicio al Estado, si el juez tiene miedo de perder su trabajo? “Se requieren jueces libres e independientes y si esta reforma no abona a eso, entonces “no mejoró, sino destruyó”.
Necesario, cambiar lo que no funciona ni da resultados
La abogada y colaboradora legislativa de Morena, Mayerline Rueda Olivares, destacó que la reforma es necesaria porque terminará con la corrupción en los juzgados y porque se debe cambiar lo que no está funcionando y no da resultados.
Además, habrá mayor transparencia, rendición de cuentas, eficacia en la impartición de justicia, se erradicará el dedazo, el influyentismo o las palancas, porque se decidirá por democracia. “Los y las jóvenes podemos aspirar a un cargo de tal magnitud con la preparación necesaria. Hagamos de esta reforma el cambio justo para aquellos que anhelan algún día tener justicia”, subrayó.
El Poder Judicial no debe subordinarse a los otros dos poderes
El profesor titular definitivo “C” de la Facultad de Derecho de la UNAM, Raúl Contreras Bustamante, estimó que la reforma debe preservar una auténtica división de poderes, que configure un Poder Judicial, se coordine y coopere, pero no se subordine a los otros dos poderes. Es importante que proteja el derecho humano de contar con jueces independientes y establecer las modalidades para que exista un adecuado proceso de nombramiento, la inmovilidad en el cargo y las garantías contra presiones extranjeras en contra de los juzgadores.
Puntualizó que es relevante cuidar dos dimensiones de la independencia judicial: la institucional y la individual. Las enmiendas constitucionales deberán establecer normas que garanticen una mayor dotación de recursos presupuestarios porque si se desea alcanzar la justicia pronta y expedita se requiere de mayor presupuesto y políticas públicas bien diseñadas. Agregó que las enmiendas a la Carta Magna tienen que fijar procesos que garanticen la correcta selección de personas que demuestren reunir las aptitudes y conocimientos necesarios. Afirmó que no debe desaparecer la carrera judicial.
Sin justicia no hay libertad
Refirió que la mejor garantía de los derechos y la permanencia de nuestra Constitución es la fe en las promesas, el amor al trabajo, la educación de la juventud; el respeto a sus semejantes es la fuente de donde emanara nuestra felicidad. Asimismo, enfatizó que la patria exige de nosotros grandes sacrificios y un escrupuloso uso de la moral y el patriotismo.
El voto popular de jueces influye en su imparcialidad
Adriana García, representante del Laboratorio de Impacto del Estado de Derecho de la Universidad de Stanford y del Colectivo de Organizaciones denominado la “Justicia que queremos”, mencionó que estudios realizados en Estados Unidos han advertido que el voto popular de jueces presenta problemas graves, pues al haber influencia de dinero en las elecciones hay un mercado negro en su financiamiento, lo cual influye en la imparcialidad de los jueces.
Además, hizo notar que ese estudio arrojó que se desalienta a los candidatos idóneos y se estimula a quienes son más los políticos, se pone en riesgo el derecho de las minorías, mientras que, en el caso de Bolivia, el índice de voto en la elección de jueces es de menos del 40 por ciento de la ciudadanía.
La reforma fortalecerá la independencia judicial
Expuso que un cargo de juez de distrito se puede comprar a partir de 250 mil pesos y una magistratura se puede adquirir por medio millón de pesos. También el nepotismo se hace presente, pues el Poder de la Judicatura nombra a sus favoritos. Ante ello, pidió a los juzgadores que pervierten la justicia que se dejen de ubicar en el lado incorrecto de la historia y el cambio social, de lo contrario que acepten las consecuencias sociales de su posición política en contra del pueblo bueno, digno y sabio, ya que si no hay reforma judicial habrá revolución social.
Necesaria, una reforma al Poder Judicial
El doctor en ciencia política y catedrático, Eduardo Andrade Sánchez, aseguró que el poder constituyente permanente realmente puede hacer la modificación que le ordena el pueblo, como lo dice el artículo 39 constitucional, y un consenso de estos foros es que se requiere una reforma al Poder Judicial.
Sugirió analizar la conveniencia de aplicar el método de elección popular con apertura, y preguntarse por qué hay esa situación. Añadió que el Poder Judicial se ha excedido en su función, ha penetrado en la elaboración de políticas públicas, ha decidido desconocer incluso el contenido de la propia Constitución. “La propuesta parece ser una respuesta a esa politización”.