De la Redacción

Coneme / El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está recordando a las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta (ISR) que el 15 de febrero de 2024 es la fecha límite para presentar su declaración anual. Esta declaración debe realizarse a través del Formato 21 «Declaración Anual de personas morales con fines no lucrativos» y debe reflejar información consistente con los registros contables y comprobantes fiscales.

Es fundamental que estas organizaciones consideren cualquier ingreso no relacionado con los fines autorizados, que supere el 10% de sus ingresos totales, ya que deben calcular el impuesto correspondiente por el excedente.

Los ingresos que se consideran relacionados con los fines autorizados y por los cuales no se paga ISR incluyen donativos, apoyos gubernamentales, enajenación de bienes, cuotas de integrantes, cuotas de recuperación, intereses, derechos de propiedad intelectual, uso de bienes inmuebles y rendimientos de inversiones.

El incumplimiento en la presentación de la declaración puede resultar en la pérdida de la autorización para recibir donativos deducibles, además de las sanciones correspondientes.

Es importante destacar que los ingresos declarados por las donatarias son reportados a las autoridades pertinentes, de acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación.

Para obtener más información y guía sobre el proceso de presentación de la declaración anual, las organizaciones pueden consultar la Guía de llenado disponible en el Portal del SAT (sat.gob.mx).