De la redacción
*Modificación a la Ley del Issste libera de la deuda hipotecaria que hayan adquirido hace más de 30 años pensionados mayores de 60 años *Senadores que interponen la acción de inconstitucionalidad carecen de legitimación para reclamar la invalidez de la reforma, ya que se opusieron al debate parlamentario De aceptarse la pretensión del grupo minoritario de senadores para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalide el decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Ley del Issste), afectará los derechos de miles de trabajadores al servicio del Estado.
Coneme / La modificación legislativa fue impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada por las mayorías en el Congreso de la Unión; establece varias opciones para solucionar el grave problema de endeudamiento de las personas trabajadoras al servicio del Estado por créditos hipotecarios.En caso de declararse la invalidez de las normas impugnadas, se eliminarían las políticas públicas que impulsa el Gobierno de México a través del Fondo de Vivienda del Issste, como el programa 60/30 (60 años o más de edad y 30 años o más de cubrir el crédito hipotecario o quienes ya cubrieron más de dos veces el monto original de la hipoteca), el cual ya benefició a 16 mil personas y se espera favorecer a tres mil pensionados más, con un techo presupuestal autorizado de mil 700 millones de pesos.
Asimismo, se impediría la implementación de más programas en beneficio de los trabajadores al servicio del Estado, como la restructuración de deudas adquiridas en Unidad de Medida y Actualización (UMA) para transferirlas a pesos, lo que beneficiaría a aproximadamente 23 mil personas, y la posible liberación de créditos hipotecarios a favor de otras cinco mil beneficiarias de la reforma.
Palacio Nacional 4° piso, Edif. XII anexo, Centro, Cuauhtémoc, 06020, Ciudad de México Tel. 5536884400 www.gob.mx/cjef En su demanda, los senadores de oposición aducen únicamente que no se les permitió participar en la discusión y aprobación de la reforma a la Ley del Issste, cuando en realidad fueron ellos los que bloquearon el debate parlamentario durante las sesiones del 27 y 28 de abril de 2023 en el Senado de la República, lo cual se demuestra con los materiales audiovisuales del Canal del Congreso de la Unión de las sesiones respectivas y que fueron aportados como constancias ante la SCJN.
La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) solicitó a la SCJN desechar la demanda promovida por una minoría del Senado, debido a que algunos legisladores que la suscribieron ni siquiera asistieron a la sesión del 28 de abril del año en curso, por lo que carecen de legitimación para impugnar la supuesta violación al proceso legislativo.
La CJEF exhorta a ministras y ministros de la SCJN a ponderar el daño que se ocasionaría a las personas beneficiarias en caso de declararse la invalidez de la reforma a la Ley del Issste por una estratagema de boicot por parte de una minoría legislativa que sólo tiene por objeto paralizar las funciones constitucionales del Senado de la República