Por José Luis Espinosa
*Como parte de su estrategia legal en contra del tráfico ilícito de armas, México presentó argumentos orales ante la Corte de Apelaciones del Primer Circuito en Boston *En la audiencia se insistió que la ley estadounidense que otorga inmunidades a quienes fabrican y comercian armas no tiene efectos por los daños causados en territorio mexicano
Coneme / El día de hoy se celebró, ante la Corte de Apelaciones del Primer Circuito en Boston, la audiencia de apelación en la que se escucharon los argumentos orales de México en su demanda contra las empresas manufactureras de armas. Como se recordará, nuestro país presentó una demanda contra éstas por sus prácticas comerciales negligentes y descuidadas que han derivado en daños a la población mexicana. El Gobierno de México busca revertir la decisión del 30 de septiembre de 2022, por medio de la cual la Corte de Distrito de Massachusetts desechó la demanda.
En esa ocasión, el juez federal determinó que la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas (PLCAA, por sus siglas en inglés) otorga inmunidad a las empresas demandadas, incluso si el daño causado ocurre en territorio mexicano. A pesar de ello, el juez encargado del caso expresó que “aun cuando la Corte tiene considerable empatía por las personas de México, y ninguna por quienes trafican armas a organizaciones criminales, debe ceñirse por lo dispuesto en la ley”. De la misma manera, el juez reconoció que la demanda argumentó de manera exitosa que las prácticas de las empresas demandadas son una causa indirecta de la violencia armada que se vive en México.
La estrategia de México no se detuvo y se apeló la decisión de la Corte de primera instancia.
En marzo de 2023, se presentó el escrito de apelación en el que se argumentó que la Corte de primera instancia erró al dar una lectura amplia y absoluta de la PLCAA y así otorgar inmunidad a las empresas de armas. Durante la audiencia oral, México destacó los siguientes puntos:
La PLCAA no contiene ninguna disposición explícita que señale que pueda ser aplicada frente a daños provocados fuera de territorio estadounidense, por lo que no otorga inmunidad a las empresas por los daños ocasionados en México; Alternativamente, aun en caso de que se insista en que la PLCAA es aplicable, las acciones y omisiones cometidas por las empresas de armas forman parte del catálogo de excepciones a la inmunidad que establece la misma ley, por lo que el caso de México debe seguir su curso.
El panel de jueces que escucharon los argumentos de México estuvo conformado por dos jueces y una jueza de corte liberal y progresista. El Gobierno de México confía en la buena recepción de sus argumentos por parte de la Corte. En caso de que la sentencia de apelación favorezca a México, el caso regresaría a la Corte de primera instancia para continuar el análisis del fondo.
La presente demanda ha recibido apoyo de numerosos actores, tales como fiscales estadounidenses, víctimas, activistas, académicos, organizaciones de la sociedad civil y Estados. De igual manera, la estrategia contra el tráfico de armas ha incluido acciones en el ámbito interamericano, como la solicitud de opinión consultiva presentada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para determinar la responsabilidad que tienen las empresas de armas por la vulneración de derechos humanos.
México seguirá desplegando esfuerzos y acciones para combatir los daños ocasionados a la población mexicana por el tráfico ilícito de armas, desde ésta y otras aristas.
Los documentos concernientes al litigio se encuentran disponibles para consulta en el Repositorio del Acervo Histórico Diplomático de México, en el siguiente enlace: https://portales.sre.gob.mx/acervo/repositorio-demanda-boston/431