Por Emilio Durán

*​Las especies objeto de aprovechamiento comercial son: camarón café, en Tamaulipas y Veracruz; camarón siete barbas, rosado y blanco, en Tabasco y Campeche, y camarones rojo y roca, en los caladeros de Contoy, Quintana Roo.  *​El 30 de septiembre iniciará la pesca comercial, de acuerdo con el esquema de veda establecido para proteger los principales eventos reproductivos, de reclutamiento y crecimiento individual de las especies de camarón.

Coneme / La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural dio a conocer las fechas y zonas para el levantamiento de la veda de todas las especies de camarón en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y mar Caribe y en los sistemas lagunarios estuarinos de Tabasco.
Con base en el dictamen técnico del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca), a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), la dependencia federal informó que a las 00:00 horas del 30 septiembre iniciará la pesca de camarón siete barbas (Xiphopenaeus kroyeri) en la franja costera frente a Campeche y Tabasco.

En el Acuerdo, publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF) señaló también que a las 00:00 horas del 30 de septiembre, los pescadores podrán comenzar con la captura en los sistemas lagunarios estuarinos de Tabasco y en la zona de la Isla Contoy, Quintana Roo.

Agricultura indicó que el 3 de octubre se levantará la veda en la zona marina que abarca desde la frontera con Estados Unidos en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz, y en la franja costera marina frente a Campeche y Tabasco para todas las especies de camarón.

Anotó que se reitera el periodo de veda permanente para la captura de todas las especies de camarón en las aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y mar Caribe, comprendidas en la franja marina de las 0 a las 20 millas náuticas a partir de la línea de costa, desde Isla Aguada, Campeche, hasta los límites con Belice, incluyendo las lagunas y zonas costeras en la península de Yucatán, exceptuando los caladeros de Contoy, Quintana Roo.

El documento expone que es facultad de la Secretaría administrar y regular el uso, así como promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas, al ordenar las actividades de las personas que intervienen en ella y establecer las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras de las especies de camarón.

Refiere que las especies objeto de aprovechamiento comercial en las zonas antes referidas son: camarón café (Farfantepenaeus aztecus), en Tamaulipas y Veracruz; camarón siete barbas (Xiphopenaeus kroyeri), camarón rosado (Farfantepenaeus duorarum) y camarón blanco (Litopenaeus setiferus), en Tabasco y Campeche, y camarones rojo (Farfantepenaeus brasiliensis) y roca (Sicyonia brevirostris), en los caladeros de Contoy, Quintana Roo.

Con el esquema de veda considerado para la zona marina de Tamaulipas y Veracruz, franja costera de Tabasco y Campeche, así como para los caladeros de la Isla Contoy, Quintana Roo, se protegen los principales eventos reproductivos, de reclutamiento y crecimiento individual de las especies de camarón, anotó.

Quienes incumplan o contravengan el acuerdo se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.

El acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el DOF y la vigilancia del cumplimiento estará a cargo de la Secretaría de Agricultura, por conducto de la Conapesca y de forma coordinada con la Secretaría de Marina, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias.

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