Por Elizabeth Rodríguez
*La víctima no fue atendida de padecimientos biliares y del páncreas en el Hospital Homeopático, por lo que le trasladaron al Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga” donde lo operaron, pero se incurrió en omisiones que finalmente provocaron su fallecimiento
Coneme / La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 138/2022 al titular de la Secretaría de Salud (SSA), Jorge Alcocer Varela; y a la directora general del Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, Guadalupe Mercedes Lucía Guerrero Avendaño, por violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud, en agravio de una víctima de 54 años, quien falleció como resultado de mala prestación del servicio médico, atribuible a personal adscrito al Hospital Nacional Homeopático y al Hospital “Dr. Eduardo Liceaga”, ambos de la Secretaría de Salud Federal, en la Ciudad de México.
El 11 de febrero de 2021 esta Comisión Nacional recibió una queja en que se manifestaba que personal médico del Hospital General “Dr. Manuel Gea González” determinó que la víctima presentaba cálculos biliares y probable inflamación del páncreas; sin embargo, al no contar con espacio físico, fue referido al Hospital Nacional Homeopático, donde lo valoraron y le indicaron que no podían atenderlo porque presentaba neumonía y no contaban con camas suficientes para su hospitalización. Personal de este Organismo Nacional realizó llamadas telefónicas en diversas ocasiones a este nosocomio con la finalidad de solicitar atención médica urgente para la víctima, no obstante, nadie contestó. Por lo anterior, el 12 de febrero de 2021, la persona que presentó la queja trasladó a la víctima con sus propios medios al Hospital “Dr. Eduardo Liceaga”, donde, el 13 de febrero, fue intervenido quirúrgicamente.
La quejosa consideró que en el Hospital “Dr. Liceaga”, al intervenir a la víctima, no se le practicaron los estudios de laboratorio que permitieran emitir un diagnóstico adecuado, lo que tuvo como consecuencia que se agravara su estado de salud e incidió en su lamentable fallecimiento, ocurrido el 16 de febrero de 2021.
Del análisis realizado a los hechos y evidencias que integran el expediente de queja, esta Comisión Nacional contó con evidencias que permiten acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al acceso a la información en materia de salud de la víctima, atribuibles a personal médico adscrito al Hospital Nacional Homeopático y al Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga”, ya que omitieron la adecuada atención médica que requería para su oportuno pronóstico, diagnóstico y tratamiento, lo que al no haber acontecido vulneró su derecho humano a la protección de la salud con la consecuente pérdida de la vida.
Por lo anterior, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una serie de puntos recomendatorios a la Secretaría de Salud y al Hospital General de México “Dr. Eduardo Liceaga” en los que se solicita inscribir a la persona que presentó la queja en el Registro Nacional de Víctimas y se proceda a la inmediata reparación integral del daño, incluyendo la compensación justa en términos de la Ley General de Víctimas.
De igual forma, que se le otorgue atención médica y/o tanatológica que requiera y se colabore con los Órganos Internos de Control en la Secretaría de Salud y en el Hospital General de México en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que la CNDH presente en contra de las personas servidoras públicas que atendieron a la víctima. Asimismo, que se imparta un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, cuyo contenido ayude a evitar que se repitan hechos como los descritos en esta Recomendación y se asegure que sea atendido por las personas servidoras públicas responsables de los hechos.
La CNDH pide también que se emitan dos circulares: en la primera se deberá instruir al personal directivo y médico del Hospital Nacional Homeopático y del Hospital General de México para que adopten medidas que permitan la adecuada integración de los expedientes, conforme a los dispuesto en la legislación nacional e internacional y en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes. Mientras que la segunda circular deberá exhortar, en los casos en que así proceda, a entregar copia de la certificación y recertificación que tramiten las personas servidoras públicas ante los Consejos de Especialidades Médicas, con la finalidad de que acrediten su actualización, experiencia, conocimientos y habilidades para brindar un servicio médico profesional para atender casos similares al que se describe en esta Recomendación.