*Remesas al Revés: Millones de Pesos al Extranjero

Coneme / ¿Fuga de capitales?… Mientras en nuestro país los bancos mantienen altos cobros en sus intereses y comisiones, que hasta generan fuertes dividendos a sus corporativos dentro y fuera del país; y empresas mineras regatean los salarios de hambre a sus trabajadores; ambos sectores evaden impuestos por miles de millones de pesos.

De acuerdo a estudios orquestados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los bancos que operan en México evadieron 43 mil millones de pesos en pago de impuestos al SAT de 2015 a 2019, bajo la falacia de realizar deducciones “por pérdidas de créditos incobrables”, para eludir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

El estudio “Evasión en el sector financiero” efectuado por la División de Ciencias Forenses de la Universidad Autónoma Chapingo (Uach), “el monto total de evasión estimado por concepto de créditos incobrables reportados en exceso para el periodo 2015 a 2019, podría ir desde 20 mil 901 millones de pesos hasta la cantidad de  43 mil 823 mdp”.

En la investigación efectuada a petición del SAT, que encabeza Raquel Buenrostro Sánchez, se alerta que la evasión estimada por la mediana mostró un periodo de crecimiento del año 2015 al año 2017. Para el año 2018 cayó a niveles inferiores a 2015 y mostró un nuevo patrón al alza en 2019.

Se analizaroin las deducciones presentadas por las instituciones de banca múltiple al SAT y las reportadas ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), a fin de evaluar la eficiencia en el cobro de créditos de consumo, comercial y vivienda.

Para los investigadores de la Uach, la articulación del marco legal y regulatorio en el que operan dichas instituciones permite que sean ellas mismas las que, a través de sus políticas, lineamientos y criterios, determinen sus deducciones y les den la formalidad para ser manifestadas mediante su declaración anual ante el SAT.

Por ello, el SAT enfrenta una diversidad en las políticas y lineamientos que los bancos tienen permitidos para el ejercicio del crédito, con un escenario de extrema dificultad para la revisión de la integridad de las deducciones por créditos incobrables.

Y es que, cuando no es posible que un banco recupere el crédito otorgado, se convierte en pérdida por incobrabilidad, que deriva en deducción fiscal para las instituciones bancarias y le disminuye el ISR declarado ante el SAT.

Por supuesto, la laxitud y heterogeneidad que se aplica en los criterios para definir una pérdida por incobrabilidad otorga a las instituciones bancarias la posibilidad de eludir o evadir el impuesto sobre la renta, mediante la presentación de deducciones por cuentas incobrables.

La revisión del marco legal cubre la Ley del Impuesto Sobre la Renta, donde se indica que, para el caso de pérdidas por créditos incobrables, las deducciones se consideran efectuadas en el mes en que se consume el plazo de prescripción correspondiente o antes si fuera notoria la imposibilidad práctica de cobro.

Para considerar la deducibilidad por esta segunda vía, las instituciones de crédito deben observar los procedimientos de castigo de la cartera de crédito establecidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a través de la Circular Única de Bancos. Permite a los bancos establecer sus propias políticas internas en la administración del crédito.

Es decir, son las instituciones bancarias quienes deciden cuándo se han agotado las gestiones formales de cobro y cuándo se da la imposibilidad práctica de recuperación del crédito, para así definir a una cuenta como “incobrable”.

Hasta 2013, la deducción de cuentas incobrables que las instituciones de crédito manifestaban ante el Servicio de Administración Tributaria estaba constituida por las reservas preventivas (económicas), tomando como base el contenido en su momento vigente del artículo 53 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Para efectuar las deducciones, las instituciones bancarias clasificaban a sus carteras de crédito según un grado de riesgo 5 y obtenían estimaciones de incobrabilidad, “que servían a su vez para constituir o modificar reservas económicas equivalentes a los posibles montos incobrables, dichas reservas posteriormente serían deducibles a efectos del impuesto sobre la renta (ISR)”.

Pero la deducibilidad de las pérdidas por créditos incobrables se modificó a partir del ejercicio fiscal 2014, con la reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Pasó de una deducción de estimaciones preventivas a deducción de castigos, siempre conforme a las disposiciones que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). O sea, la iglesia en manos de Lutero…

 

Evaden para transnacionales… En cuestión de evasiones, mineras también hacen de las suyas al birlar el pago de 19,135 mdp en impuestos al SAT. Unas 26 empresas mexicanas y extranjeras disfrazan inversiones como gasto para aumentar sus deducciones ante el Servicio de Administración Tributaria

México, país históricamente minero cuya gran diversidad de yacimientos a lo largo y ancho del territorio nacional lo ubicó en 2020 entre los 10 principales productores de 17 diferentes minerales a nivel mundial. Primer lugar en producción de plata, segundo en fluorita, tercero en celestita, sulfato de sodio y wollastonita; quinto en bismuto, molibdeno y plomo; sexto en cadmio, sulfato de magnesio, zinc, diatomita y barita; octavo en oro, yeso y sal; y noveno en cobre.

Según el Sistema de Cuentas Nacionales del INEGI, entre 2015 y 2020 el total del sector aportó 5.3% del PIB nacional. Pero el monto estimado de evasión de 19,135 millones de pesos de 26 contribuyentes, es muy significativo pues representa el 32 por ciento de la recaudación de grandes contribuyentes del sector, excluyendo a Pemex conforme a los datos del SAT.

Así lo revela la Universidad Autónoma de Coahuila (Uadec) y anota que la evasión de impuestos por las productoras de metales preciosos significa 35% de la recaudación del subsector de minería de minerales metálicos y no metálicos o el 59% adicional del ISR causado por los mismos 26 contribuyentes.

Mediante el estudio “Evasión en el sector de la minería” de Sergio Colín Castillo, del Centro de Investigaciones Socioeconómicas de la Uadec, acusa además que con mayor nivel de evasión aparecen: la extracción de plata, con la minería de plomo, zinc y hierro, que juntos concentran el 70% del total de los impuestos no pagados al SAT.

La evasión de las mineras ocurre al alterar los gastos, y es muy probable que esa alteración esté contenida en los rubros de costos. Disfrazan las inversiones como gasto, o alteran el costo de ventas. Así, las empresas deducen mucho más; pero siempre buscan pagar menos a sus trabajadores. En cuestión de evasores, el más pelón se hace trensas…

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