Por Carlos Mauricio Hernández
Coneme / Personal médico omitió considerar factores de peligro, lo que derivó en la muerte de la menor; además, el Hospital Rural de Bochil en Chiapas, no contaba con médico especialista en ginecología y obstetricia.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 13/2022 al director general del IMSS, Zoé Alejandro Robledo Aburto, por la inadecuada atención médica proporcionada a una persona indígena tsotsil, quien se presentó el 14 de noviembre de 2020 con 40 semanas de gestación en el Hospital Rural de Bochil, Chiapas; aunque requería de manera urgente una cesárea, esta le fue practicada tres horas después y posteriormente se le informó que su bebé había nacido muerta.
Este Organismo Nacional advirtió que personal médico del IMSS no prescribió el traslado de la madre de manera inmediata a otra unidad médica para la adecuada resolución del embarazo de alto riesgo, omitiendo considerar factores de peligro tales como obesidad, diabetes mellitus tipo 2, hipertensión inducida por el embarazo y falta de control prenatal, entre otros elementos de riesgo. Además, el Hospital Rural no contaba con médico especialista en ginecología y obstetricia, indispensable para atender a la recién nacida; carencia que influyó en la inadecuada atención médica, ya que se consideró que la causa del fallecimiento de la bebé se debió a la realización de maniobras sin la habilidad indispensable.
Con base en lo anterior, la CNDH solicitó al director general del IMSS colaborar en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia de hechos que este Organismo Público Autónomo presente ante el Órgano Interno de Control en el IMSS y ante la Fiscalía General de la República, respectivamente; que se diseñe e imparta a todo el personal médico del Hospital Rural en Bochil, Chiapas, un curso integral en materia de derechos humanos, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho de protección a la salud, así como la debida observancia y contenido de las Normas Oficiales Mexicanas y Guías de Prácticas Clínicas citadas en la Recomendación, con especial énfasis en los temas de atención contextualizada a mujeres indígenas.
Asimismo, se establezca un protocolo que garantice la supervisión del personal en proceso de formación, ya sean residentes o de servicio social, durante su adiestramiento clínico, quirúrgico o de campo en el Hospital Rural en Bochil, Chiapas.
La CNDH recomienda también que se realicen las gestiones administrativas correspondientes para que se procure dotar a la Unidad Médica Rural de Bochil de los instrumentos, equipo, medicamentos, infraestructura y personal médico que garanticen los estándares de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad en los servicios de salud, incluyendo la modificación o corrección de aquellas prácticas administrativas que puedan impedir o retrasar la realización y entrega de estudios de laboratorio y gabinete.