Por Carlos Mauricio Hernández
*Hubo incumplimientos en la actuación de las autoridades para regular y vigilar el cumplimiento de leyes y reglamentos en la Unidad Minera ubicada en el centro de la localidad sonorense
Coneme / La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 07/2022 a las titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), María Luisa Albores González; la Secretaría de Economía (SE), Tatiana Clouthier Carrillo; a la titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), Blanca Alicia Mendoza Vera; al gobernador constitucional de Sonora, Alfonso Durazo Montaño, y los integrantes del Ayuntamiento de La Colorada, Sonora, derivado de que incurrieron en responsabilidad institucional al no prevenir, investigar, sancionar y reparar la persistente y continua afectación a los derechos al medio ambiente sano, al acceso al agua potable, y a la vivienda adecuada de los habitantes del poblado de La Colorada.
La SEMARNAT no evalúo de manera integral el Proyecto Unidad Minera La Colorada y en 2018 lo hizo solo de manera parcial; tampoco consideró los impactos acumulativos y sinérgicos de las actividades extractivas en el municipio en relación con la población y los factores ambientales y sociodemográficos; la Secretaría de Economía no atendió el principio de debida diligencia para llevar a cabo las inspecciones necesarias, en caso de tener conocimiento de posibles afectaciones a la legalidad, como ocurrió respecto de las actividades mineras dentro de La Colorada.
Por su parte, la PROFEPA atendió de manera deficiente las denuncias que se le presentaron en el caso de La Colorada; y el gobierno estatal de Sonora no emitió un Ordenamiento Ecológico Territorial, o bien un Plan Director de Desarrollo Urbano, instrumentos necesarios para la gestión de usos de los suelos y protección ambiental.
El gobierno municipal de La Colorada no elaboró, junto con el gobierno estatal, un Ordenamiento Ecológico Territorial o un Plan de Desarrollo Municipal que contemple la zonificación adecuada y con perspectiva de derechos humanos en el poblado; y es responsable del deficiente suministro del agua potable en esa zona, el cual no cumple con los criterios internacionales en materia de salud y derechos humanos.
Con base en lo anterior, la CNDH emite las siguientes recomendaciones:
A la SEMARNAT, SE, PROFEPA y gobierno de Sonora les pide que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, brinden la reparación integral a las y los habitantes del municipio de La Colorada afectados en sus derechos por las obras y actividades mineras, en los términos de la Ley General de Víctimas y de su similar estatal, y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; que colaboren ampliamente con la CNDH en las quejas que se presenten ante los órganos internos de control de las dependencias federales y con la denuncia que se presente en la Fiscalía General de la República contra las personas servidoras públicas responsables de las irregularidades administrativas que derivaron en las violaciones a los derechos humanos.
Que se prepare e imparta un taller de capacitación dirigido a personas servidoras públicas sobre la evaluación del impacto ambiental con el goce y ejercicio de los derechos humanos, la protección del medio ambiente, la salud y condiciones dignas de vivienda, además de contenidos específicos de acuerdo con las atribuciones de cada autoridad.
A la SEMARNAT le pide transparente a los habitantes de La Colorada, la Manifestación de impacto ambiental así como la autorización del Proyecto Unidad Minera La Colorada, incluyendo el cumplimiento de las condicionantes de la autorización y las inspecciones llevadas a cabo; que realice un diagnóstico sobre la modificación, actualización, revocación o sustitución de autorizaciones e informes preventivos en materia de impacto ambiental otorgados a la Empresa responsable de la Unidad; que emita una circular dirigida a las personas servidoras públicas de SEMARNAT, en la que informe sobre la obligación de verificar todo lo referente a las concesiones a las mineras y respecto a cualquier daño al medio ambiente por éstas.
A la Secretaría de Economía le solicita verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley Minera en los lotes amparados por las concesiones otorgadas a la Empresa y las de la Unidad Minera La Colorada; realizar las inspecciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los títulos de concesión; que establezca el procedimiento adecuado para llevar a cabo la verificación de proyectos de alto impacto ambiental en actividades extractivas; dirigir una circular para informar sobre la obligación de verificar el cumplimiento de las concesiones, permisos, autorizaciones y licencias, y sobre las obligaciones de seguridad, medio ambiente y derecho de propiedad establecidos por la Ley Minera.
Asimismo, a la PROFEPA le pide verificar la observancia de los términos y condicionantes previstos por la autorización en materia de impacto ambiental referente a la Unidad Minera La Colorada, y se determine lo que conforme a derecho y sus atribuciones corresponda en los ámbitos administrativo e incluso penal; que emita una circular en que manifieste la obligación de verificar obras y actividades mineras sujetas a inspección.
Al gobernador de Sonora y al Ayuntamiento de La Colorada les solicita realizar un diagnóstico sobre las viviendas afectadas y sobre el centro de población identificado como zona de riesgo, así como sobre la calidad del aire de la zona, con objeto de adoptar las medidas de atención, seguimiento y prevención que se consideren pertinentes.
Al gobernador de Sonora le pide iniciar la elaboración del Ordenamiento Ecológico de Sonora, o bien establecer las directrices para la elaboración de un Plan de Desarrollo Urbano Regional, que atienda la zonificación adecuada de la localidad; implementar un programa de monitoreo de la calidad del aire por emisiones provenientes del aprovechamiento de minerales, de conformidad con los criterios del Sistema Nacional de Información de la Calidad del Aire; poner en marcha un programa de atención médica especializada de sectores no ocupacionales relativa a padecimientos relacionados con la exposición a los procesos extractivos analizados en esta recomendación; desarrollar y difundir un Atlas sobre asentamientos humanos en situación de riesgo por su cercanía con obras y actividades extractivas; publicar un plan o programa regional en materia de protección de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano de La Colorada.
Finalmente, a las y los integrantes del H. Ayuntamiento de La Colorada les solicita difundir en la página electrónica del ayuntamiento las autorizaciones, licencias, permisos, constancias o certificaciones emitidas para la operación de la Unidad Minera La Colorada; investigar irregularidades en dichas obras y actividades mineras, por la ausencia de autorizaciones, licencias y permisos en materia de uso de suelo, y los daños a las redes hidráulicas de servicios públicos; iniciar gestiones con la CONAGUA y el Organismo Operador de la Red de Agua Potable de La Colorada, para que el suministro de agua potable sea continuo, de calidad y suficiente; actualizar el PDU del municipio y la elaboración de los instrumentos en materia de usos de suelo, zonificación y planeación territorial correspondientes.