Por Crispín Barrera Ponce
-Buscan asegurar este servicio a quienes estén en riesgo de perder la vida, independientemente de su afiliación a alguna institución de salud
Coneme / Con 90 votos a favor, la Cámara de Senadores aprobó una reforma para que las instituciones del Sistema Nacional de Salud tengan la obligación de brindar atención de urgencias médicas calificadas, que pongan en riesgo la vida, independientemente de la filiación de los derechohabientes.
Al presentar el dictamen, que adiciona la fracción 1 bis, del artículo 6 de dicha Ley, el presidente de la Comisión de Salud, Américo Villarreal Anaya, recordó que la Ley General de Salud prevé que “únicamente” se otorgue la atención expedita a mujeres embarazadas, que presentan una urgencia obstétrica, independientemente de su afiliación a alguna institución pública.
“Por lo que se debe incluir la participación de las instituciones del Sistema Nacional de Salud en la atención médica de quienes estén en peligro de perder la vida”. Es decir, agregó el legislador, lo que en el ámbito médico se conoce como una urgencia calificada, con independencia de la derechohabiencia de las pacientes. El dictamen establece que la urgencia calificada es un problema de salud que se presenta súbitamente, la cual pone en riesgo la vida, órganos o función del paciente y que, por lo tanto, requiere de una atención médica inmediata.
Resalta que se deben garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social, así como el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, a exámenes médicos y suministro de medicamentos, incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud. Además, considera prioritario brindar a las y los mexicanos, especialmente a quienes habitan en regiones con alta o muy alta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a elevar su calidad de vida.
Lo anterior, para evitar la ocurrencia de enfermedades o, en su caso, detectarlas tempranamente a través de la participación de todas las instituciones del Sistema. La senadora Nuvia Mayorga Delgado presentó una modificación al dictamen, la cual fue avalada por el Pleno, para sustituir el término “obligatoriedad” por “expedita”, ya que este último concepto hace referencia a la atención médica carente de obstáculos en los casos de urgencias, anteponiendo en todo momento al paciente frente al riesgo de perder la vida.
En la discusión, el senador Emilio Álvarez Icaza Longoria expresó que parece un cambio menor, pero se trata de una medida de carácter progresivo, ya que permitirá corregir un error histórico del país: asociar el derecho al trabajo con el derecho a la salud y la seguridad social. Por el PRD, el senador Miguel Ángel Mancera Espinosa aseguró que incluir a las urgencias médicas calificadas a personas que no sean derechohabientes, reafirman el compromiso para garantizar el derecho humano a la salud. El dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.