Por Crispín Barrera Ponce
-Se reforma el artículo 19 para que las sesiones sean presenciales: dip. Gerardo Fernández Noroña
-En lo referente al artículo 37, no somos jueces, se debe preservar la presunción de inocencia, dijo
-Cuando las y los senadores se erigen como jurado debe ser por mayoría calificada
Coneme / Durante la discusión del dictamen que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, el diputado Gerardo Fernández Noroña presentó modificaciones a los artículos 19, 33, 37 y 41, con el propósito de que las sesiones del pleno sean presenciales, se preserve la presunción de inocencia y que la determinación de los senadores y senadoras sea por mayoría calificada de dos tercios, como lo establece la ley.
En tribuna, el parlamentario por la Ciudad de México explicó que se propone modificar el artículo 19, para que las sesiones sean presenciales, porque a pesar de la actual contingencia sanitaria, está no durará por siempre y sería lamentable que una decisión de gran relevancia sea vota a distancia.
“En lo referente al artículo 37, es necesario cambiar la redacción, pues la actual redacción nos erige en jueces y juezas, y nosotros no somos eso, nosotros lo único que determinamos es si hay elementos que permitan percibir de que efectivamente hay un delito, y sin prejuzgar y sin dejar de lado la presunción de inocencia, procedemos a la determinación del juicio político”, detalló. Finalmente, puntualizó que en el artículo 41 se establece que en el caso de las y los senadores, cuando se erigen en jurado, sea por mayoría calificada de dos terceras partes, como mandata la ley. El pleno camaral avaló estas reformas, por lo que fueron incluidas en el texto del dictamen.