Por Andrea Estévez
Coneme / Gracias, presidente. Como integrante de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, quisiera puntualizar las razones por las cuales se está siguiendo este procedimiento. En primer término porque la Mesa Directiva no conoció dictamen alguno de la primera Comisión solicitando Periodo Extraordinario de Sesiones, sino una iniciativa de la diputada Laura Imelda Pérez Segura para solicitarlo, que a la vez solicitaba fuera de urgente y obvia resolución, porque se dio cuenta de esta iniciativa el día de hoy.
Y en segundo, la comunicación del presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, haciendo también la solicitud a la presidencia de la Mesa Directiva que pudiera haber la consideración en esta Sesión de un Periodo Extraordinario, en ese sentido la presidencia sometió a consideración de las y los integrantes de la Mesa un dictamen donde se unían las dos solicitudes, mismo que fue dado cuenta en este Pleno, pero cuando se trata de un asunto considerado de urgente y obvia resolución, no podemos más que apegarnos estrictamente al reglamento.
Presidente, si me concede la posibilidad de leer el artículo 20 del Reglamento de la Comisión Permanente, conocido como reglamentillo, y luego los artículos correspondientes del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de la Unión: el numeral vigésimo dice “las demás reglas para la discusión y votación de dictámenes serán las que señale el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, y el presente Acuerdo.
Y nos remite al reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, que su artículo 59 señala “en los casos de urgencia u obvia resolución calificados por el voto de las dos terceras partes de los influidos de la Cámara que estén presentes podrá ésta a pedimento de alguno de sus miembros dar curso a las proposiciones o proyectos en hora distinta a la señalada y ponernos a discusión inmediatamente después de la lectura. Justamente fue lo que hizo la presidencia, poner a consideración si este asunto era considerado de urgente y obvia resolución y no obtuvo la mayoría calificada al implicar que el 65.1, estamos hablando de 23 sobre 35, fue el resultado de la votación, en ese sentido el trámite, presidente, fue correcto, solo falta que usted dicte que se desecha por no haber alcanzado la mayoría calificada la urgente y obvia resolución.