La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la validez de las candidaturas comunes del PRI, PRD y PAN en 7 de los 8 municipios en que se postularon, al determinar que en el Estado de Sinaloa no es aplicable la regla de límites porcentuales contenida en resoluciones precedentes de Sala Superior.
En el caso de la candidatura común de Griselda Quintana, Luis Guillermo Benítez, Jesús Estrada Ferreiro y diversas candidaturas a diputaciones locales, determinó revocar el acuerdo de registro en virtud de que, al participar para reelección solamente podían ser postulados por los partidos que los habían registrado en el anterior proceso electoral.
Derivado de lo anterior el Partido Sinaloense deberá postular sus propias candidaturas para esas demarcaciones, en forma separada de las candidaturas de Morena. El PAN y el PRD deberán postular sus propias candidaturas al ayuntamiento de Cosalá.
Lo anterior abre la puerta para que la campaña 4 de 4 emprendida en forma conjunta por Morena y el Partido Sinaloense deba desactivarse ya que el voto en los distritos y municipios en donde postulen en forma individual podrían anularse e incluso mermar la votación total efectiva a nivel estado de sus partidos.